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Por Gerardo Pavez , 17 de abril de 2020[EVITE PROBLEMAS] Guía para saber donde es obligatorio usar mascarilla
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 4 años[DESDE HOY] La medida tiene carácter de indefinida, y es obligatoria en lugares públicos cerrados, siempre que aglomeren a más de 10 personas.
A partir del día viernes 17 de abril, entra en vigencia la Resolución N°282, de Uso Obligatorio de Mascarillas, emitida como medida preventiva frente a la pandemia de covid-19, por el Ministerio de Salud.
El anuncio fue hecho el día de ayer jueves por el ministro Jaime Mañalich, indicando que la medida es obligatoria en lugares públicos cerrados, siempre que aglomeren a más de 10 personas en un mismo espacio.
De esta manera, la resolución establece lo siguiente; “que todas las personas que utilicen el transporte público o el transporte privado sujeto a pago deberán utilizar mascarillas. Asimismo, quienes utilicen los ascensores o funiculares deberán ocupar mascarillas, independiente del carácter público o privado de estos y de la cantidad de personas que los estén utilizando. Esta medida alcanza también a aquellos que operan los diversos medios de transportes objetos de esta disposición, así como aquellas personas que trabajan en ellos”.
La medida se extiende también a espacios cerrados en; establecimientos de educación parvularia, básica, media y de educación superior; aeropuertos y terrapuertos; supermercados, centros comerciales, hoteles, farmacias y demás establecimientos similares de libre acceso al público; establecimientos de salud, públicos y privados; lugares en que se fabriquen, procesen, depositen o manipulen productos, medicamentos o alimentos; galerías, tribunas y otras aposentadurías destinadas al público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios, exceptuando a deportistas mientras dure la práctica del deporte; pubs, restoranes, cafeterías y lugares análogos, en sus espacios públicos o cerrados, para quienes atiendan o trabajen en ellos; residencias de adultos mayores.
En la misma resolución dice que se exceptúan del uso de mascarillas aquellas personas que estén comiendo en lugares especialmente habilitados para ello.
La medida tiene carácter de indefinido, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
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