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Por Eva Rocha , 10 de octubre de 2020Comisión de libertad condicional de Puerto Montt revisará 160 solicitudes
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 4 añosInternos de Ancud, Castro y Puerto Montt presentaron requerimientos.
La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Puerto Montt revisará, el próximo martes 13 octubre, las solicitudes para acceder a la libertad condicional presentadas por 160 internos de las unidades penales de Ancud (9), Castro (16) y Puerto Montt (135).
La comisión será presidida por el ministro de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Jaime Vicente Meza Sáez, e integrada por los jueces del Juzgado de Garantía de la comuna, Lorena Fresard Briones y Mónica Sierpe Scheuch, y los magistrados del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, Rosario Cárdenas Carvajal y Andrés Villagra Ramírez. Junto a ellos, además, participará como secretaria de la Comisión Carolina Mancilla Ojeda y como relatora, Alejandra Osman Naoum, ambas funcionarias de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
La sesión -correspondiente al segundo semestre- se iniciará a las 8.00 horas y se realizará por segunda vez de manera remota, debido a la emergencia sanitaria decretada en el país, la cual consistirá en la revisión caso a caso de las solicitudes y los informes técnicos presentados por Gendarmería.
En la primera sesión del año -realizada el 9 de abril- la comisión otorgó la libertad condicional a 18 internos (15%) de un total de 117 postulantes de los penales de Ancud, Castro y Puerto Montt.
El Decreto Ley N° 321, modificado por la ley N° 21.124 -que entró en vigencia el 18 de enero de 2019-, establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal, y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.
Recientemente, el pasado 17 de septiembre, el Ejecutivo publicó además el decreto 338, reglamento que establece las normas relativas a la organización del sistema de libertad condicional, incluyendo los programas, las características y los aspectos particulares que éstos deberán tener, así como los planes de intervención individual y las características y requisitos que deberán reunir los delegados de libertad condicional.
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